Catedráticos, Interinos, Comisiones de Servicio y otros trampantojos de los Conservatorios.

La selección de profesorado es una cuestión crucial para garantizar una enseñanza de calidad. En la enseñanza pública, esta selección se debe someter a los principios constitucionales de publicidad, mérito y capacidad. La Constitución establece que el acceso a la función pública debe hacerse a través de un “concurso­ oposición”. Estos principios democráticos son medidas de rigor, de justicia y de calidad a favor de la sociedad, que sostiene y utiliza los servicios públicos.

Oposiciones y democraciaVictor Pliego de Andrés

(2006)

Si se quiere ofrecer una educación de calidad a la sociedad hay dos aspectos fundamentales a tener en cuenta:

  1. Ofrecer un sistema de acceso competitivo que se asegure de encontrar a los mejores profesionales para la docencia
  2. Sistematizar un sistema de control de calidad educativa que analice y proponga mejoras, teniendo en cuenta los medios que se poseen.

Respecto a los Conservatorios, como centros educativos que son, se habló del punto 2 (la evaluación de la calidad educativa) en la anterior entrada. Respecto al punto 1, el acceso a la función docente en general se ha hablado mucho en el Informe McKensey. Pero no enfocándonos en los Conservatorios, y más concretamente en los superiores.

¿Qué sistema de acceso hay actualmente para impartir docencia en ellos?

El Bestiario del Superior

Hay tres tipos de docentes que actualmente imparten clases en los Conservatorios según su estatus académico: Catedrático, Comisión de Servicios e Interino. Veamos primero las definiciones genéricas (DRAE y WIKIPEDIA) de cada uno de estos tipos:

Catedrático (del lat. cathedratĭcus); el catedrático es un profesor que ha alcanzado el puesto más alto en la escala del profesorado de las enseñanzas  que desempeña. Según el tipo de enseñanza al que nos refiramos las condiciones que deben reunir las personas que aspiren a ello variarán, dos ejemplos serían:

  • Catedrático de Enseñanza Secundária: hace falta ser previamente Profesor de Enseñanza Secundaria (para lo cual es un requisito previo ser licenciado, ingeniero o arquitecto y haber aprobado una oposición) con un mínimo de 8 años de antigüedad y pasar, de nuevo, el correspondiente proceso selectivo
  • Catedrático de Universidad: hace falta ser previamente Titular de Universidad (para lo que es un requisito previo haber leído una tesis doctoral) con un mínimo de 3 años de antigüedad, pasar una acreditación del currículum a nivel estatal por parte de la ANECA, y posteriormente superar una prueba selectiva en la Universidad de destino.

De todo lo anterior se puede deducir que el estatus de catedrático, es un estatus meritorio:  uno primero posee un puesto base de profesor mediante una oposición y luego de haber pasado una serie de requisitos llega al punto álgido del reconocimiento de su labor docente otorgándosele una serie de privilegios. Es decir, nadie podría llegar a ser catedrático sin haber sido antes profesor, ¿o no?

Comisión de Servicios: es una situación administrativa temporal, concedida de forma extraordinaria que tiene como finalidad que un docente pueda desempeñar sus funciones en un centro diferente al que tiene asignado con carácter definitivo. Algunos de los motivos que puede alegarse para solicitar tal cambio provisional de destino son:

  • Causa médica por salud laboral: acreditada por un Informe de Aptitud Médica Laboral para el lugar de trabajo por el que se prescriba un cambio a otro lugar docente por la existencia de un riesgo laboral causado por las condiciones del trabajo.
  • Causa social de violencia de género: acreditada por una Orden de protección de violencia de género.
  • Causa médica por enfermedad: en la que la comisión de servicios pueda reducir la probabilidad de permiso por enfermedad.
  • Causa social familiar: por la conciliación de la vida familiar y laboral.

Obviamente, y como se desprende de lo anterior: mediante una causa debidamente justificada, el docente irá provisionalmente en comisión de servicios a otro centro desempeñar una función igual a la que se le acreditó cuando aprobó una oposición, ¿o no?

Interino (Del lat. intĕrim): El diccionario de la Real Academia es muy explícito al respecto:

  1. Que sirve por algún tiempo supliendo la falta de otra persona o cosa.
  2. Dicho de una persona: Que ejerce un cargo o empleo por ausencia o falta de otro.
  3. Sirvienta de una casa particular que no pernocta en ella.

Y por si hay alguna duda, el Estatuto Básico del Empleado Público se emplea en términos parecidos:

  • Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
    • La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.
    • La sustitución transitoria de los titulares.
    • La ejecución de programas de carácter temporal.
    • El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.

Es decir, que su existencia debe darse en circunstancias especiales teniendo en mente que los puestos que desempeñan, tarde o pronto, deberán correr a cargo de funcionarios de carrera, ¿o no?

Nota aclaratoria: En este artículo no se pone en duda la competencia de ninguna persona como músico profesional o docente de Conservatorios. Tan sólo se habla de situaciones administrativas y las consecuencias legales que debería comportar pertenecer a una u otra. La mayoría de veces una persona pertenece a uno de los casos explicados sin tener opción a elegir por falta de convocatoria de oposiciones o métodos adecuados de acceso, no quedándole otro remedio que contentarse con lo que tiene.

Pues bien, la respuesta a la pregunta que se plantea, con malicia, al final de cada uno de estos de tres tipos de bestias es afirmativa en todos los sectores educativos, mientras que en los conservatorios superiores:

  1. pueden existir y existen catedráticos que no hayan sido antes profesores
  2. pueden concederse y se conceden comisiones de servicios entre cuerpos docentes distintos del que se aprobó
  3. existe un altísimo porcentaje de interinos (superando con creces al de funcionarios de carrera)

Y ya, el colmo de los colmos: la existencia de la figura del «Catedrático Interino», ya que todos los interinos en el superior lo son. Vamos, una quimera (del lat. chimaera, y este del gr. χίμαιρα, animal fabuloso).

Veamos ahora como es posible que se den todo este tipo de incongruencias.

De la separación de los Conservatorios en Superiores e Inferiores

La respuesta a tal situación se encuentra en lo que provocó la LOGSE al separar los Conservatorios en Conservatorios Profesionales y Conservatorios Superiores. Antes de la LOGSE, todos los conservatorios podían impartir los tres niveles de enseñanzas artísticas, antiguamente denominadas: Elementales, Medias y Superiores. Y los Catedráticos, evolución natural de los Profesores, eran los encargados (preferentemente) de impartir las enseñanzas musicales a los alumnos de cursos superiores, mientras que los profesores (según plantilla) a los de cursos elementales y medios.

Con la llegada de la LOGSE, los conservatorios se dividieron en dos tipologías; los que impartian elementales y medias, y los que únicamente podían impartir Enseñanzas Superiores, y en esta separación, también se produjo la separación de cuerpos: Catedráticos para el superior y Profesores para el resto.

Problemas que genera esta situación en los Conservatorios Profesionales:

  • Imposibilita la evolución dentro del cuerpo, ya que ni los que son profesores pueden acceder a catedráticos,
  • Obliga a cambiar de centro, destino y labor docente para que un profesor pueda adquirir la condición de catedrático, cosa impensable en secundária.
  • No se puede tener en cuenta la condición de Catedrático en el Concurso General de Traslados, puesto que ningún docente de enseñanzas no superiores podrá serlo.
  • Desvirtúa la enseñanza profesional y elemental al considerar que los Catedráticos sólo son dignos de impartir clase en los niveles superiores.
  • Gran parte del profesorado ha emigrado a los Conservatorios Superiores (las horas de docencia directa son menores y se cobran mayores retribuciones) en Comisiones de Servicios indefinidas, dejando sus plazas libres, pero sin dejar de ocuparlas, por lo que esas plazas están cubiertas por: interinos, provisionales (gente que ha aprobado una oposición, pero aun no tiene destino definitivo) o comisiones de servicios. Pero ningún funcionario puede ocuparlas en propiedad.

Esta última cuestión parece algo baladí, pero genera una gran cantidad de problemas asociados. Como estas plazas están ocupadas por docentes que desde hace años están en comisión en los Conservatorios Superiores (centros en los que realmente querrían tener sus destino) no pueden salir a Concurso de Traslados, así que:

  • Profesores que querrían acceder a dichas plazas en el Concurso de Traslados no pueden, y su estabilidad laboral se retrasa muchos años.
  • Funcionarios de carrera sin destino definitivo deben esperar del orden de 3 a 10 años para poder conseguir una plaza en propiedad.
  • Los años en los que el Concurso de Traslados es Nacional, no se ofertan plazas, ya que como hay pocas, la Administración prefiere reservarlas para la gente de la Comunidad.
  • No se convocan oposiciones, porque si se denegaran todas las comisiones de servicios al superior, apenas habrían sitios suficientes para todos los funcionarios de carrera.

Y si por alguna extraña razón algún día todas las comisiones de servicio al superior volvieran al «inferior» prácticamente la mitad del profesorado de Conservatorios de la Comunidad se vería desplazado de los destinos que actualmente ocupan de manera provisional.
Problemas que genera esta situación en los Conservatorios Superiores

  • Todo el mundo debe ser Catedrático; incluidos los interinos, creándose el paradójico cuerpo de Catedráticos Interinos.
  • Imposibilita la evolución dentro del cuerpo, ya que se entra directamente como catedráticos y no se tiene ningún nivel superior al que acceder.
  • Como no se puede «Catedratizar» a todo el mundo, no hay suficientes convocatorias de plazas de Catedrático en oposiciones (por no decir ninguna, desde hace años) y por lo tanto prácticamente nadie tiene plaza en propiedad en el superior.
  • No hay estabilidad laboral para los docentes, ni estabilidad de plantillas para el centro.
  • Debido a la falta de gente con plaza en propiedad, siendo los catedráticos los únicos elegibles para ello en el superior; para no tener que llenar los centros superiores de personal interino se permite a los docentes del cuerpo de Profesores pedir Comisión de Servicios para trabajar temporalmente en el Superior.

Como queda patente, esta situación es insostenible y algún día estallará…

¿algún día?

Ese día ya llegó, y fue el Jueves 30 de Septiembre de 2010.

El Apocalipsis o Revelación de los Catedráticos

¿Qué pasó el Jueves 30 de Septiembre de 2010?

Que la Asociación de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de la Comunitat Valenciana (ACMAE) hizo público este escrito:
NP-ACMAE

Dicha «bomba» tuvo su repercusión en diferentes periódicos:

LEVANTE

LAS PROVINCIAS I

LAS PROVINCIAS II

ADN

ABC

EL PAIS

Desde entonces, hay un proceso judicial, todavía pendiente de resolución a día de hoy (05-05-2011), en el que se está estudiando el conflicto. Y en la norma que regula el procedimiento para solicitar las comisiones de servicio para el curso 2011/2012 ya no aparece el famoso epígrafe, que rezaba así:

Asimismo, podrá concederse comisiones de servicioen los conservatorios superiores de música, por necesidades educativas, a los funcionarios del cuerpo de profesores de música con destino definitivo.

Epígrafe que se fundamentaba legalmente en la Disposición Adicional Decimocuarta de la LOGSE:

1. Los funcionarios que impartan las enseñanzas de música y artes escénicas pertenecerán a los siguientes cuerpos docentes:

a) Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, que impartirán, de acuerdo con sus especialidades, las enseñanzas correspondientes a los grados elemental y medio de música y danza, las correspondientes de arte dramático y, excepcionalmente, aquellas materias de grado superior de música y danza que se determinen.

b) Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, que impartirán, de acuerdo con sus especialidades, las enseñanzas correspondientes al grado superior de música y danza y las de arte dramático.

Centrándonos en el asunto de las Comisiones de Servicio, y dejando al margen otras quejas sobre el ISEACV, lo que pide la ACMAE es que no se permitan las comisiones de servicio entre cuerpos y enseñanzas distintas, como es lógico. Ya que si se vino permitiendo, como dice la LOGSE, ha sido de manera excepcional y por necesidades educativas. Pero, ¿cuantos años hace de la publicación de la LOGSE? 21 años. Para ser una situación excepcional ya son demasiados.

¿Y que quieren conseguir con ello?

Bien, un grupo de Profesores en Comisión de Servicio ha respondido públicamente con este escrito:
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¿Realmente se quiere llegar a la situación distópica de centros regidos por un reducido grupo de Catedráticos Imperiales Arcaicos y Decimonónicos que tienen bajo su mandato a un batallón de «Catedráticos Interinos»? Recuerdo que las Comisiones de Servicio también se deben a su patrón. Ya que para pedir una comisión de servicios al Superior no es necesario justificar mediante ninguna de las cuatro causas arriba indicadas, lo que realmente cuenta es si la directiva del centro valora esa Comisión de Servicios como de necesidad educativa. Por lo tanto, la concesión de una comisión de servicios conlleva la sumisión total al poder establecido, más incluso de la sumisión que un Catedrático Interino debería a un Catedrático.

Lo que realmente persigue la ACMAE es forzar a que haya un método de rigor, justicia y calidad (parafraseando a la cita que encabeza este artículo) para acceder a la docencia de dichas enseñanzas: que haya de una vez por todas un concurso-oposición al Superior.

Y así, todo Catedrático Interino y toda Comisión de Servicios que quiera acceder a él podría demostrar su aptitud delante de un tribunal y obtener una plaza definitiva en un Conservatorio Superior (desbloqueando de paso las plazas en los Conservatorios Profesionales). ¿O es que las personas en Comisión de Servicios pretenden extender esta situación ad nauseam?

I have a dream…

La situación a la que quiere forzar la ACMAE propiciaría algunos cambios a mejor, la opinión de este Pobrecito Hablador sigue pensando que la panacea es la misma, la Integración del ISEA como una facultad dentro de la universidad, pero una solución mucho más fácil de conseguir, y que mejora en creces lo que propone la ACMAE se fundamente en una lógica aplastante:

Si los centros están separados (Conservatorios Profesionales y Conservatorios Superiores) también lo debería estar su profesorado, es decir, habría que tener:

  1. Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de Enseñanzas Profesionales
  2. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de Enseñanzas Profesionales
  3. Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de Enseñanzas Artísticas Superiores
  4. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de Enseñanzas Artísticas Superiores

De esa forma no se infravaloraría la labor docente de las Enseñanzas Profesionales, y se permitiría a su profesorado acceder a la condición de Catedrático de una manera natural, y al mismo tiempo se podrían convocar plazas de profesores para los Conservatorios Superiores con normalidad, y que toda la gente que actualmente está en comisión de servicios o en interinidad pueda obtener una plaza en propiedad.

 

Mientras tanto,

Bienaventurados los Catedráticos Interinos, por que ellos heredaran el Superior

 


368 pensamientos en “Catedráticos, Interinos, Comisiones de Servicio y otros trampantojos de los Conservatorios.

  1. Justicia

    Por fin un juez se ha atrevido a paralizar las comisiones ilegales, lástima que haya tenido que ser con un cambio de gobierno, yo creía ( y en cierto modo todavía creo) en la separación de poderes…

  2. Justicia

    Hoy la asamblea en el STEPV ha sido antológica: se le ha pedido al sindicato que no pida sino que exija al la consellería que continúe prevaricando como lo hicieron los consellers del PP y encima tirándoles la culpa los nuevos, que han heredado una situación legalmente insostenible. Han salido a la luz más temas, como el de las comisiones a dedo etc… Pero eso en realidad es otro tema….

  3. Justicia

    Si, María es que estos profesores en comisión son unos auténticos artistas: consiguieron que consellers del PP prevaricaran durante años y ahora han conseguido que un sindicato tan afín a la derecha como el STEPV también les apoye…Ver para creer. Ojalá el nuevo gobierno los ponga en su sitio, cosa que dudo.

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