El Real Decreto 14/2012 de Medidas urgentes de racionalización de gasto público en el ámbito educativo.

En el preámbulo se puede leer:

En la actual coyuntura económica se hace necesario mejorar la eficiencia de las Administraciones Públicas en el uso de los recursos públicos, con objeto de contribuir a la consecución del inexcusable objetivo de estabilidad presupuestaria derivado del marco constitucional y de la Unión Europea.

El marco constitucional al que hacen referencia es el que se aprobó este verano, reformando la Constitución  Española, sin referéndum alguno. Enlace para hacer memoria.

Así que ya que la estabilidad presupuestaria y el pago de una deuda desorbitada es un imperativo constitucional, muy por encima del crecimiento económico y social del país se aprueba este Real Decreto.

Más adelante se puede leer:

Se trata, en definitiva, de introducir importantes elementos de racionalidad y eficiencia en el sistema educativo, que redundarán en una mejor prestación de este servicio público indispensable.  Y se hace a través de medidas encaminadas a la consecución del equilibrio  presupuestario, lo que guarda relación con su naturaleza básica, y que legitiman la intervención del Estado […]

Es decir, que gastando menos se mejorará el servicio educativo. Justo al contrario de lo que pasa en los países con mejor desempeño educativo, según los datos y los informes de la OCDE. Enlace para reflexionar con datos sobre esto y ver que es lo que realmente mejora los sistemas educativos.

¿En qué aspectos afecto esto a las enseñanzas no universitarios (y por ende, a los Conservatorios de Música)?

  1. Aumento de hasta un 20% en la ratio de alumnos a todas las enseñanzas. Argumentando que se dará cuando no sea viable hacer oposiciones, o cuando la tasa de reposición sean igual o inferior al 50 por ciento
  2. La jornada de horas lectivas se aumenta a 20 horas semanales como mínimo. No explica si ese aumento de horas se sumará a las 37,5 totales que ya realizamos los docentes, o se quitarás de las horas dedicas a organización y gestión. Otro enlace para reflexionar.
  3. La sustitución de profesores queda aplazada por ley, como mínimo, a 10 días desde que se produce la baja.

Aquí dejo el pdf de la disposición para quien quiera leer el epitafio de la educación pública y de calidad del Estado Español.
RD 14 2012

Y un poco de hemeroteca:

rajoy tijera

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