Concurso de Traslados Profesores de Música y Artes Escénicas 08-09
Baremo de Traslados de ámbito nacional en los cuerpos de catedráticos y profesores de Música y Artes Escénicas
Extracto resumido de:
RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2008, del director general de Personal de la Conselleria de Educación de la Generalitat, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los cuerpos de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, profesores técnicos de Formación Profesional, catedráticos y profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, catedráticos y profesores de Música y Artes Escénicas y profesores y maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. [2008/14349]
1. Méritos expresamente indicados en la Disposición Adicional sexta, apartado 3, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (LOE).
1.1. Antigüedad .
1.1.1. Por cada año de servicio activo como funcionario de carrera en el cuerpo al que corresponda la vacante: 2,000 puntos.
Las fracciones: 0,160 puntos por mes completo.
1.1.2. en otros cuerpos del mismo o superior subgrupo: 1,500 puntos.
Las fracciones: 0,120 puntos por mes completo.
1.1.3. otros cuerpos de subgrupo inferior: 0,750 puntos.
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,060 puntos por mes completo.
1.1.4. Por cada año consecutivo como funcionario con destino definitivo en la misma plaza del centro desde el que se concursa
Por el primer y segundo año: 2,000 puntos por año.
Por el tercer año: 3,000 puntos.
Por el cuarto y quinto año: 4,000 puntos por año.
Por el sexto año: 5,000 puntos.
Por el séptimo y octavo año: 4,000 puntos por año.
Por el noveno año: 3,000 puntos.
Por el décimo y siguientes: 2,000 puntos por año.
1.1.5. Los funcionarios de carrera en expectativa de destino y los que participando por primera vez con carácter voluntario
Por cada año de servicio: 1,000 punto.
1.2. Méritos académicos (Máximo 10,000 puntos).
1.2.1. Por premios extraordinarios:
Grado superior de la especialidad por la que se concursa: 5,000 puntos.
Documentación justificativa: Documento justificativo del mismo.
Mención honorífica en el Grado Superior especialidad desde el que se concursa: 3,000 puntos.
Documentación justificativa: Documento justificativo del mismo.
Fin de Grado Medio de la especialidad desde el que se concursa: 5,000 puntos.
Documentación justificativa: Documento justificativo del mismo.
Mención honorífica Fin de Grado Medio de la especialidad desde el que se concursa: 3,000 puntos.
Documentación justificativa: Documento justificativo del mismo.
Por premio o mención honorífica en especialidades diferentes : 1,000 punto.
Documentación justificativa: Documento justificativo del mismo.
1.2.2. Por otras titulaciones:
Por cada título de profesor, profesor superior de Conservatorio, Escuela Superior de Danza, Canto o Arte Dramático diferente al alegado para el ingreso en el cuerpo desde el que se concursa.
Por el primero: 3,000 puntos.
Por los restantes: 1,000 punto.
1.3. Méritos artísticos.
Por composiciones estrenadas como autor, publicaciones o grabaciones con depósito legal, por premios en certámenes o en concursos de ámbito autonómico, nacional o internacional: máximo 2,500 puntos.
Por conciertos como director, solista, solista en la orquesta o en agrupaciones camerísticas (dúos, tríos, cuartetos, …) realizados en los últimos cinco años: máximo 2,500 puntos.
Documentación justificativa: Los programas, críticas, ejemplares correspondientes y, en su caso, la acreditación de haber obtenido los premios correspondientes.
1.4. Formación y perfeccionamiento (Máximo 5,000 puntos).
1.4.1. Por cursos superados que tengan por objeto el perfeccionamiento sobre los aspectos científicos y didácticos de las especialidades correspondientes acreditados: hasta 4,000 puntos.
Se puntuarán 0,100 puntos por cada 10 horas de cursos superados acreditados. A estos efectos se sumarán las horas de todos los cursos, no puntuándose el resto del número de horas inferiores a 10.
Documentación justificativa: Certificado de los mismos en el que conste de modo expreso el número de horas de duración del curso. En el caso de los organizados por las instituciones sin ánimo de lucro, deberá acreditarse fehacientemente el reconocimiento u homologación.
1.4.2. Por otras actividades de formación y perfeccionamiento en materia educativa incluida la impartición de cursos: hasta 1,000 punto.
Documentación justificativa: Certificación de las mismas.
1.4.3. Por cada especialidad de la que sea titular correspondiente al cuerpo por el que se concursa distinta a la de ingreso en el mismo, adquirida a través del procedimiento de adquisición de nuevas especialidades regulado en los Reales Decretos 850/1993, de 4 de junio, 334/2004, de 27 de febrero y 276/2007, de 23 de febrero: 1,000 punto.
Documentación justificativa: Credencial de adquisición de la nueva especialidad.
2. Otros méritos (máximo 18,000 puntos).
2.1. Publicaciones (hasta 5,000 puntos).
2.1.1. Por publicaciones de carácter didáctico sobre disciplinas objeto del concurso o directamente relacionadas con aspectos generales o transversales del currículo o con la organización escolar: hasta 2,500 puntos.
2.1.2. Por publicaciones de carácter científico y proyectos e innovaciones técnicas sobre las disciplinas objeto del concurso: hasta 2,500 puntos.
Los méritos aportados de acuerdo con estos dos subapartados sólo podrán puntuarse por uno de ellos.
Documentación justificativa: Aquellas publicaciones que estando obligadas a consignar el ISBN en virtud de lo dispuesto por el Decreto 2984/1972, de 2 noviembre o en su caso ISSN o ISMN, carezcan de ellos, no serán valoradas, así como aquellas en las que el autor sea el editor de las mismas.
En el caso de libros los ejemplares correspondiente, así como certificado de la editorial donde conste la difusión de los mismos en librerías comerciales.
Para la valoración de libros editados por universidades, organismos o entidades públicas, serán necesarios aportar certificación en la que conste la distribución y objetivos de los mismos.
En el caso de revistas, certificación en que conste el número de ejemplares, lugares de distribución y venta, o asociación científica o didáctica, legalmente constituida, a la que pertenece la revista.
En los supuestos en que la editorial o asociación hayan desaparecido, dicho extremo habrá que justificarse por cualquier medio de prueba admisible en derecho.
En el caso de publicaciones que solamente se dan en formato electrónico, se presentará un informe oficial en el cual el organismo emisor certificará que la publicación aparece en la base de datos bibliográfica. En este documento se indicará la base de datos, el título de la publicación, los autores, la revista, el volumen, el año y la página inicial y final.
2.1.3. Méritos artísticos
Por premios en exposiciones o en concursos de ámbito autonómico, nacional e internacional: hasta 2,500 puntos.
Documentación justificativa: Los programas, críticas y, en su caso, la acreditación de haber obtenido los premios correspondientes.
Los méritos aportados de acuerdo con este subapartado no serán tenidos en cuenta cuando se hayan aportado, para su valoración por el apartado 1.3 de este baremo.
2.2. Valoración por trabajos desarrollados (hasta 10,000 puntos)
2.2.1. Por cada año como director/a en centros públicos docentes: 3,000 puntos.
Las fracciones: 0,250 puntos por mes completo.
2.2.2. Por cada año como vicedirector/a, subdirector/a, secretario/a o jefe/a de Estudios y asimilados en centros públicos docentes: 2,000 puntos.
Las fracciones: 0,160 puntos por mes completo.
2.2.3. Por cada año en otros cargos directivos de centros públicos docentes: 1,000 punto.
Las fracciones: 0,080 puntos por mes completo.
2.2.4. Por cada año de desempeño de cargo de coordinación didáctica: 0,500 puntos.
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,040 puntos por mes completo.
2.2.5. Por cada año de desempeño de puestos en la administración educativa de nivel de complemento de destino igual o superior al asignado al cuerpo por el que se participa: 1,500 puntos.
Las fracciones: 0,120 puntos por mes completo.
2.3. Conocimiento del valenciano
Certificado de Capacitación: 3,000 puntos.
- KIPPEL
- Notación y transcripción