Las palabras del Decano de BBAA de la Universidad de Granada sobre la Sentencia

Campaña de recogida de firmas por la Incorporación de las EEAASS en la Universidad: http://www.eeaassuniversidad.guidoblogs.org/

Ruth Viñas Lucas, directora de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales escribe la siguiente misiva:

Estimados compañeros, aunque quizás ya tengáis conocimiento de este tema, dada la rapidez con que se está extendiendo esta noticia, os informo que se ha fallado una Sentencia Estimatoria Parcial ante la impugnación por parte de la Universidad de Granada del Real Decreto 1614 que establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores.

Todos los que me conocéis y sabéis lo que me he implicado y luchado para la consecución del Grado en las Escuelas Superiores de Conservación y Restauración podéis imaginaros lo que sentí el lunes 6 cuando tuve conocimiento del texto, que anula parcialmente alguno de los artículos del Real Decreto que regula nuestras enseñanzas (7.1, 8, 11, 12 y DA 7a)

En todo caso, y frente a todo lo que solicitaba la Universidad de Granada en detrimento de las Escuelas, la cuestión ha quedado limitada a un problema formal de denominaciones, por no existir una diferenciación en los términos “Grado, de enseñanzas artísticas” y “Grado, de la Universidad”.

Con todas las reservas de una opinión “no jurídica”, pero contrastada con aquellos que si la tienen, esta cuestión, meramente de denominaciones, puede quedar solventada con voluntad política, que me consta existe. La misma sentencia nos da la solución, que puede estar basada en los mismos argumentos que han hecho que se desestimen las alegaciones contra nuestros Master, frente a los que no hay objeción, precisamente por denominarse “Master en enseñanzas artísticas”, en diferencia al “Master universitario”.

Ante las pretensiones de la Universidad de Granada, el Tribunal Supremo deja claro que lo que se estima es, y cito textualmente la sentencia, “sin que ello suponga renunciar a situar estos títulos de las enseñanzas artísticas superiores en el espacio común europeo de educación superior porque la obtención de estos títulos superiores de enseñanzas artísticas constituyen el primer ciclo o grado que se exige en el espacio europeo común de educación superior y que conduce a los estudios de postgrado….y ello en sentido gramatical de igual valor y estimación de ambos títulos tanto en lo académico como para el ejercicio profesional”.

Ni desde el punto de vista académico ni desde el profesional queda cuestionada la validez de nuestras enseñanzas ni la de sus títulos. Se ha roto, eso sí, la consecución, con gran esfuerzo por nuestra parte, del ansiado “Título de Grado” como “Título único”. Es un problema de denominaciones (Grado / Título Superior, equivalente a todos los efectos), que sabemos tiene repercusiones reales de percepción social, magnificadas precisamente por aquellos que quieren desmerecer a nuestros titulados. Precisamente por esto, por la imagen social de los titulados, en lugar de caer en el victimismo, debemos buscar soluciones. Y en eso estamos.

Desde ACESEA (la Asociación de Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas) se están estudiando las medidas oportunas, y se han iniciado determinadas acciones al respecto, fruto de ello es que ayer mismo (jueves 9 de febrero ) nos recibió en el Ministerio de Educación la Secretaria de Estado, Montserrat Gomendio Kindelán, y el Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, Xavier Gisbert da Cruz. La reunión, de la cual formé parte, se desarrolló durante casi una hora y en ella se expusieron nuestras inquietudes y problemas, fuimos atentamente escuchados y se abordó la búsqueda de soluciones para no perder, de ninguna manera, la denominación de Grado.

Sería bueno y adecuado contar con el apoyo de otras asociaciones para defender la tan ansiada denominación de titulación de Grado para los Conservadores y Restauradores de Bienes Culturales, precisamente ahora que con tanto esfuerzo se había conseguido. Insto a todas ellas, en la defensa del Título de Grado para los titulados en las Escuelas Superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales. No puedo esperar menos de todos aquellos que defiende la profesión de la Conservación y Restauración.

Adjunto unas apreciaciones a la sentencia, realizados por una persona competente con conocimientos jurídicos.

Un fuerte abrazo

Ruth Viñas Lucas

Directora de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales

D.G. de Universidades e Investigación
Consejería de Educación y Empleo

Comunidad de Madrid

C/ Guillermo Rolland, 2. 28030 Madrid
Tel: (+34) 91 5482737 Fax: (+34) 91 5426390

La cual es contestada por Víctor Medina Flórez, Catedrático de Restauración y Decano de la Facultad de Bellas Artes de la Universidad de Granada (que denunció el Real Decreto 1614/2009 ante el tribunal superior)

Estimados compañeros,

El 23 de diciembre de 2009, cuando estaba a punto de cumplir el plazo establecido para hacerlo, la Universidad de Granada interpuso un recurso contra el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas que regula la LOE. Este era el último de una serie de intentos fallidos llevados a cabo previamente por parte de los que, desde la Universidad, tratábamos de conseguir elevar los estudios de restauración al más alto nivel; un fin del que el citado Real Decreto nos privaba a la Universidad, lo cual es lo que ahora viene a resolver la Sentencia del Tribunal Supremo, una sentencia que supone la constatación de que la intención del decreto implica algo más que un mero problema de denominación.

Parafraseando a Ruth Viñas, “todos los que me conocéis y sabéis lo que me he implicado y luchado para la consecución del Grado de Conservación y Restauración” podéis imaginaros lo que sentí cuando tuve conocimiento de la publicación del, tan festejado por algunos, decreto 1614/2009 y leí la famosa adicional 7a tanto en su primera versión, como en la rectificada posteriormente.

Para los que no me conocen, yo, que ahora soy decano de la Facultad de Bellas Artes de Granada (facultad que acaba de implantar el Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales hace dos años), estudié en la Escuela de Artes Aplicadas a la Restauración de Madrid (cuando ni siquiera se equiparaba su título al de diplomado y todavía no se la conocía por el nombre de ECRBC), y simultáneamente me licencié en la Facultad de Bellas Artes de Madrid, por la especialidad de Restauración. Conocí bien ambas instituciones, y desde la equidistancia, he tratado siempre de luchar de manera transparente y honesta por mejorar la Restauración y por la unificación del colectivo profesional. Prueba de ello fue el proyecto de ARPHA, asociación de la que, por entonces, fui socio fundador y presidente durante algunos años, y que fue la primera que integró a profesionales de ambos colectivos.

Con ese mismo propósito, en 2003, solicité un proyecto al Ministerio de Educación para plantear una propuesta consensuada que sirviera como base para ordenar las enseñanzas de restauración en España. Una vez más en este proyecto se contó con la presencia de profesionales de distintas instituciones nacionales y extranjeras, ya fuesen o no del ámbito universitario, e igualmente con la presencia de los directores de las distintas Escuelas de Restauración que entonces había en España.

Dando continuidad a este trabajo se abordó otro proyecto, financiado por la ANECA, para la elaboración del Libro Blanco del Título de Grado en Restauración, como base para el desarrollo de las titulaciones que configurarían el EEES. Tampoco en esta ocasión, las facultades de Bellas Artes prescindieron de sus supuestos “oponentes” y nuevamente se les invitó a formar parte del equipo de trabajo para tratar de buscar propuestas integradoras en las que todos tuviéramos cabida.

Por ahora ya corría el 2006 y, en nuestro intento para elevar la consideración académica de las enseñanzas de Conservación y Restauración se consiguió, entre todos y no sin poco esfuerzo, introducir la adicional 22a en la LOE, una puerta para que las enseñanzas de restauración pudiesen entrar sin problema en la Universidad y con ello dejar abierta la posibilidad de que aquellos centros de Enseñanzas Artísticas, y más concretamente los de Conservación y Restauración, pudiesen integrarse en la Universidad a través de una fórmula que terminaría con la duplicidad académica y que permitiría que su profesorado pudiese incorporarse a los cuerpos docentes universitarios.

El tiempo ha puesto en evidencia que algunos de ellos no quisieron utilizar esta fórmula para transformarse en enseñanzas superiores universitarias, prefiriendo la de seguir el camino de la “equivalencia” en el ámbito de las Enseñanzas Artísticas.

Me consta que todavía en 2008, algunas Universidades (la Complutense de Madrid y la de Barcelona) trabajaban conjuntamente con los claustros de las Escuelas de Restauración de sus Comunidades Autónomas para integrarlas en su Campus universitario o elaborar proyectos conjuntos de master, algo que se vio truncado cuando, por entonces, comenzó el dilatado proceso de elaboración del texto del Real Decreto 1614/2009. Éste se había prolongado de forma interminable, por el empeño de introducir una

adicional que impidiese a las Universidades desarrollar enseñanzas coincidentes con las recogidas en este texto.

Las Universidades rechazaban una y otra vez las diferentes versiones del mismo que limitaban su posibilidad de proponer este tipo de enseñanzas, hasta que finalmente se llegó a un acuerdo que dejaba libertad a las Comunidades Autónomas para que pudieran desarrollar los grados en la Universidad o en el ámbito de las Enseñanzas Artísticas, según sus antecedentes. Sin embargo, inexplicablemente, después de alcanzado este compromiso, el texto de la adicional 7a que vió la luz fue otro muy distinto.

Tras agotar la vía de la negociación y después de la publicación de una corrección de errores que lamentablemente también se retrotraía a una versión que tampoco era la acordada, el rector de Granada fue el primero en tomar la decisión de interponer el recurso, aunque seguidamente se le sumaron el de la Universidad Politécnica de Valencia, el de la Complutense de Madrid, el de Sevilla y la de Málaga.

Todas las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo son coincidentes en lo sustancial: no se le puede negar a la Universidad la posibilidad de impartir el grado en Conservación Restauración (entre otros títulos)… y el resto es la consecuencia de una argumentación legal que supuestamente perjudica a las Escuelas (y Conservatorios) en lo referente a la denominación del título que imparten.

En este punto conviene recordar que el Espacio Europeo de Educación Superior no se sustenta en sus aspectos formales: la estructura académica de grado y posgrado, la unidad de medida en ECTS de la carga lectiva y el Suplemento Europeo al Título, sino que éstos son los instrumentos que se ponen a disposición de un objetivo sustancial: el reconocimiento de la formación adquirida por el titulado para así garantizar su movilidad con plenas garantías.

Mientras que la estructura académica de las titulaciones en algunos países se corresponde con una duración de los estudios (grado y master) de tres más dos años; en otros, como España, se ha optado por una combinación de cuatro más uno. Esto, que ya plantea algunas dificultades, en este caso se convierte en una incongruencia por parte de aquellos que ponen todo su empeño en priorizar la exclusividad de una titulación. Si bien éstos no quieren que en España haya dos titulaciones, unas impartidas por las Escuelas y otras por las Facultades de BBAA, siendo ambas de la misma duración, no podremos evitar la existencia de otros títulos en los países circundantes incluso con cargas lectivas diferentes ¿Han pensado, sin embargo, que habrá alumnos que vendrán a España con un grado de tres años y que tendremos que reconocérselo, aunque los nuestros sean de cuatro?. Por otra parte, el grado es más generalista y la especialización se desarrolla en el posgrado, algo que las Escuelas de Conservación y Restauración no atienden en sus propuestas académicas, pretendiendo la especialización desde el primer nivel.

Otra cosa fundamental, que parece olvidarse, es el sistema de acreditación. En un espacio que trasciende fronteras, donde no tiene sentido la homogeneidad plena en la oferta académica, sin embargo, lo que sí es fundamental, es que exista un control de la calidad. La propuesta del plan de estudios debe ser supervisada previamente, así como evaluada después de su implantación, por una agencia de calidad externa. Esto es algo que diferencia sustancialmente los títulos que imparte la Universidad de los de las Enseñanzas Artísticas, puesto que los primeros están sometidos a un sistema de control de calidad y no al simple cumplimiento de una directriz que no puede garantizarla, como sucede en los segundos y sucedía en la Universidad antes de la reforma. Este importante aspecto ya aparecía señalado en el dictamen del Consejo de Estado (1409/2009) sobre el Proyecto de este Real Decreto, pero el Ministerio no lo incluyó en la redacción final del decreto, de modo que con esta decisión, aunque se declaraban las enseñanzas artísticas como «equiparables a todos los efectos” con las universitarias, realmente no lo eran, al no pasar por los requisitos de calidad a que obligan las normativas del contexto de la ordenación de la educación superior española en el marco europeo, tal y como evidencia la sentencia del Supremo.

Puestos a buscar soluciones, considero que esta situación deja abierta otra vez la posibilidad de aprovechar la vía de la adicional 22a, para que la equiparación sea plena y que las enseñanzas artísticas superiores negocien su integración en la Universidad como antes lo hicieron otras Escuelas Superiores

(en su día BBAA, Enfermería, Trabajo social, INEF…) y que ahora tienen un rango plenamente universitario que nadie discute ni tiene que ir acompañado del adjetivo “equivalente”. ¿Se aprovechará en esta ocasión, o tal vez los miedos de algunos, sus complejos o su temor a perder su poder, pesará más que los intereses de una profesión que está necesitando otras cosas, mucho más que perderse en estas búsquedas de fórmulas enrevesadas, o peor aún, en luchas intestinas?. De cualquier modo, quiero que se entienda que, sea cual sea la solución que se arbitre, les deseo lo mejor a las enseñanzas artísticas superiores, siempre que estén en el marco de la legalidad y no interfieran con los intereses legítimos de los demás.

No obstante también a mi me gustaría contar con el apoyo de los que, de un modo sincero y honesto, defienden titulación de Grado para los Conservadores y Restauradores de Bienes Culturales, por fin conseguida en la Universidad, una institución acogedora que abre sus puertas a la agregación. Una institución reconocida en España y fuera de ella, que permite identificar claramente sus títulos sin necesidad de añadirle adjetivos. Una institución que da cobertura a los másteres universitarios, pero que además posibilita el desarrollo vertical de la carrera académica hasta su máximo nivel, con el doctorado, lo que nunca se podrá conseguir fuera de ella. Un doctorado que, al ser sustentado por personas que desarrollan su investigación en la Universidad en temas coincidentes, podrá ser específico en aspectos relacionados directamente con la Conservación Restauración.

Con todo ello, siendo de gran importancia todo lo que he expuesto hasta aquí, creo que habría que avanzar y dar un paso más en otro tipo de reivindicaciones profesionales, para las que nunca tenemos tiempo, por estar permanentemente enzarzados en luchas inútiles que han supuesto un lastre para lo que debería haber sido nuestra ocupación fundamental. Para todo ello espero contar con ese apoyo que os pedía, o que vosotros reclaméis el mío, el cual desde aquí os ofrezco.

Víctor Medina Flórez
Catedrático de Restauración
Decano de la Facultad de Bellas Artes

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