Convivencia en centros docentes II: Marco Autonómico (CV)
Seguimos con el análisis de los aspectos legales sobre los derechos y deberes de los alumnos, aprovechando que pertenezco a la Comisión de Convivencia de mi Conservatorio. (Aquí el enlace a el análisis de la normativa nacional)
En el marco autonómico de la Comunidad Valenciana, nos encontramos con el Decreto 39/2008. Guardo un grato recuerdo de este decreto, ya que se publicó durante el año en que me preparaba las oposiciones que gané a finales del curso 2008. Me acuerdo de que salió publicado en abril, y modifiqué mi programación para adaptarla a esta nueva norma, siendo una de las pocas personas de mi oposición que hizo referencia a el nuevo decreto en la exposición de su Programación Didáctica.
Preámbulo
En el marco constitucional, el artículo 27 reconoce a todos el derecho a la educación. De éste se deriva la responsabilidad que pesa sobre los poderes públicos para su consecución y el deber y la responsabilidad que tienen los padres, madres, tutores o tutoras de cumplir con la escolarización de sus hijos e hijas y atender las necesidades educativas que surjan de ésta.
La labor de los docentes es un elemento fundamental para la educación. Por tanto, la sociedad, y especialmente los padres, madres, tutores o tutoras y alumnado, deben entender y aceptar que los docentes merecen su reconocimiento y valoración.
Articulado
- La Generalitat de Catalunya no considera equivalentes los Títulos Superiores a los Universitarios (como es lógico)
- El Ministerio de Educación publica la propuesta de integración en la Universidad de las EEAASS